BCRP eleva al 50.5% el límite de inversión de las AFP en el exterior

El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) aprobó un incremento del límite máximo de inversión que pueden realizar las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) en instrumentos financieros del exterior. La nueva regulación, establecida mediante una circular, autoriza a las AFP a invertir hasta un 50.5% de sus fondos en títulos emitidos por gobiernos extranjeros y por entidades financieras y no financieras cuya actividad económica se desarrolle mayoritariamente fuera del Perú. Este cambio, que entrará en vigencia el próximo 1 de febrero de 2026, representa un aumento de medio punto porcentual respecto al límite anterior, que era del 50%.

La medida tiene como objetivo principal promover una mayor diversificación de las carteras de inversión de los fondos de pensiones. Al permitir una exposición ligeramente mayor a activos internacionales, el BCRP busca que las AFP puedan distribuir el riesgo y aprovechar oportunidades en mercados financieros globales, contribuyendo potencialmente a una mejor rentabilidad a largo plazo para los aportantes al sistema privado de pensiones.

El BCRP es la entidad encargada de establecer los porcentajes operativos máximos para los límites generales de inversión de los fondos administrados por las AFP, así como los sublímites específicos, como el correspondiente a instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano. Este ajuste técnico forma parte de la supervisión y regulación periódica que realiza el instituto emisor sobre las inversiones del sistema previsional privado.

Scroll to Top